Información sobre la ORDEN ICD/1217/2020, del 26 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2020 de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente.

El pasado 26 de noviembre se publicó la ORDEN ICD/1217/2020, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2020 de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente.

 

Beneficiarios:

  • Personas físicas. Estas personas se acogerán al régimen de ayudas a través de los comercios o empresas instaladoras adheridas al Plan Renove Aragón 2020.
  • Los compradores de un aparato o equipo serán considerados beneficiarios finales de las ayudas y los establecimientos adheridos, comercios e instaladores, serán considerados beneficiarios directos del Plan, dado que se les abonará a ellos la ayuda que habrán trasladado al beneficiario final mediante la aplicación del correspondiente descuento en el precio de compra.

 

Requisitos y observaciones:

Se consideran susceptibles de ayuda, la adquisición de aparatos y equipos nuevos con las categorías que se indican a continuación y que sustituyan a otros menos eficientes o más contaminantes:

* Electrodomésticos con alta eficiencia energética con las siguientes prestaciones mínimas:

** Frigorífico y frigorífico – congelador, A++ o superior

** Congelador, A++ o superior

** Lavadora, A++ o superior

** Lavavajillas, A++ o superior

** Encimeras de inducción total

** Horno clase energética A + o superior

* Aparatos de aire acondicionado individuales con clasificación energética A + o superior en refrigeración y al menos A en calefacción, que requieran instalación y que trabajen en modo frio o en modo frio/calor con una potencia térmica nominal en refrigeración inferior o igual a 12 kW

* Calderas estancas de condensación de uso individual, sólo calefacción o mixta, con clasifica-ción energética A o superior, que utilicen gas natural o GLP, con una potencia máxima inferior a 70 kW y que además sean de baja emisión NOx (Clase 5 o superior).

 

Lugar y presentación:

Este trámite sólo puede realizarse de forma presencial.

Para llevar a cabo la tramitación, solicita cita previa y ven a nuestras Oficinas de Información y Registro con la documentación requerida cumplimentada y firmada, en el siguiente horario:

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00.

Localiza tu oficina más cercana

 

Podéis consultar toda la información de  la ORDEN ICD/1217/2020 aquí.

Para cualquier aclaración no dudes en consultarnos.

Fraga, 14 de noviembre de 2020